FASE DE FORMACIÓN EN EMPRESAS U ORGANISMO EQUIPADO ( FFEOE)
la Fase de Formación en Empresa u Organismo Equiparado (FFEOE) permite al alumnado recibir formación en un entorno real de trabajo, combinando las clases en el centro educativo con el aprendizaje que adquiere en las empresas durante la fase de alternancia. De esta manera, se desarrollan los mismos contenidos y resultados de aprendizaje que en el aula, aunque de una manera eminentemente práctica. No cambia qué aprenden, sino cómo lo aprenden.
Con la implantación del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, todas las enseñanzas de Formación Profesional tienen una fase de formación en empresas u organismos equiparados (FFEOE), tal y como ocurría en los proyectos de Formación Profesional Dual de nuestra comunidad autónoma. De hecho, desde el curso 2024/2025, todos los primeros cursos de grados D (grado básico, medio y superior) cuentan ya con esta fase de formación en empresas. Así, desde el primer año, los estudiantes han empezado a aplicar lo aprendido en clase en un entorno laboral real.
Exención de la Fase de Formación en Empresas u Organismos equiparados (FFEOE).
La exención de la fase de
- La exención podrá ser total o parcial, dependiendo de la correspondencia que haya entre la experiencia acreditada y los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo.
- Se debe acreditar, tanto para la exención total como para la parcial, una experiencia laboral equivalente al trabajo a tiempo completo de, al menos, un año, que permita demostrar su correspondencia con la formación cursada. A estos efectos, se podrá
aportar la experiencia laboral en los cinco años anteriores.
- En el caso de contratos a tiempo parcial, los días de cotización deberán ser equivalentes a un año a tiempo completo
Presentación de la Solicitud de Exención.
La solicitud de exención se presentará al menos 40 dias hábiles previos a la fecha prevista de incorporación de la fase de formación
CICLOS PRESENCIALES
La solicitud de exención, así como la documentación acreditativa, se presentará en la secretaría del centro ( horario de 10 a 13h) . Se empleará para ello el Anexo I.
CICLOS SEMIPRESENCIALES y DISTANCIA
La solicitud de exención, así como la documentación acreditativa, se enviará por correo electrónico al Coordinador del ciclo de orferta modular.
Se empleará para ello el Anexo I.
Justificación de la experiencia laboral
a) Para las personas
- Certificación de la
Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación. - Contrato de trabajo o
certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b) Para las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia:
- Certificación de la
Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente. - Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
c) Para personas voluntarias o becadas:
- Certificación de la persona
responsable en la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas. - Certificación expedida por la
entidad de voluntariado en la que se hayan prestado los servicios voluntarios en la que consten, como mínimo, además de los datos personales e identificativos de la persona voluntaria y la entidad de voluntariado, la fecha de incorporación a la entidad y la duración, descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad.